lunes, 11 de abril de 2011

Acredita Ortiz ser único dueño de predio que abarca "Los Laberintos"

El pasado 23 de marzo de 2011, ante la Notario Público número uno del Distrito Judicial de Morelos, Tlaxco, el exgobernador Héctor Ortiz Ortiz se registró como único propietario del predio rústico sin construcción de 142 hectáreas 69 áreas y 66.40 centiáreas denominado "Teticpan" y que presuntamente alberga la zona arqueológica "Los Laberintos".

Ante María Josefina del Rayo Guarneros, titular esa oficina, el exjefe del Ejecutivo estatal estableció que adquirió en cien mil pesos cero centavos los terrenos, de ahí que pagó poco más de 700 pesos por cada hectárea.

La operación se concretó días después de que Ortiz Ortiz fue denunciado ante la Procuraduría General de la República (PGR) por el presunto delito de despojo de la zona arqueológica "Los Laberintos", que supuestamente existe en el interior del predio rústico denominado "Teticpan".

Los hechos, de acuerdo con la información difundida en su oportunidad por El Sol de Tlaxcala, están asentados con el número 6126/2011.

Mientras tanto, el Órgano Interno del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) notificó a la denunciante Iluzka Mejorada Palacios -mediante oficio 11/010/0733- que comisionó al arqueólogo Andrés Santana Sandoval para que realizara una inspección al sitio denominado "Los Laberintos".

Y le informó que éste, en su reporte, escribió que "en el interior del área alambrada a la que no tuve acceso, se encuentra la mayor parte del sitio 'Tlaxco de Morelos'", así que INAH advirtió que "conforme a nuestro ámbito de competencia y de atribuciones hemos llevado a cabo las acciones pertinentes en el presente asunto".

ORIGINALMENTE RODOLFO ORTIZ COMPRÓ LAS 142 HAS. EN 10 MIL 500 PESOS

De acuerdo con la escritura número 36 mil 965, registrada en el libro 410 de esa oficina, y cuya copia posee este Diario, el ex gobernador Héctor Ortiz Ortiz firmó un contrato de compraventa con el matrimonio formado por su hermano Rodolfo Ortiz Ortiz y la esposa de éste, Reynalda Gallardo García, quienes se acreditaron como los legítimos propietarios del predio rústico sin construcción denominado "Teticpan", ubicado a extramuros de Tlaxco.

Según el documento, Rodolfo Ortiz adquirió ese predio el cuatro de marzo de 1999 mediante un contrato de compraventa con la entonces dueña Graciela Sandoval Zamora por la cantidad de 10 mil 500 pesos cero centavos.

Esto fue acreditado por Juan Carlos García Muñoz, director de Notarías y Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado, el nueve de enero de 2009.

El predio "Teticpan" tiene las siguientes medidas: al norte tiene mil 179 metros; quiebra al sur con 100 metros; vuelve a quebrar al oriente con 100 metros; vuelve a hacer otro quiebre al sur con 92 metros; sigue hacia el mismo oriente con 244 metros, lindando con varios fraccionamientos: al sur dos mil 360 metros con ejidos de Tlaxco; al oriente con 540 metros con terrenos que forman la zona ex Hacienda de Metla y al poniente mil 254 metros con el cauce del río Zahuapan.

Los documentos revelan que el predio en materia de esta escritura fue dado de alta en Catastro -con el recibo 1058 expedido por la Tesorería de Tlaxco- el 22 febrero de 2011, con un costo de 340 pesos, y para el pago del Impuesto Sobre la Renta fueron erogados dos mil 53 pesos.

El director de Notarías certificó, además, que a petición de la parte interesada y con vista en los antecedentes de archivo de registro existentes en esa dependencia, "la compraventa del predio Teticpan ubicado extramuros de Tlaxco a favor de Rodolfo Ortiz, inscrito el día 20 de agosto de 1999 bajo partida número 1124 a fojas 190 frente, Sección Primera, volumen 20 del Distrito de Morelos, se encuentra libre de toda imposición de gravamen y limitación de dominio".

A su vez, la parte interesada en recuperar el predio "Los Laberintos" informó que anexará a la denuncia ante la PGR otro agravante contra Ortiz Ortiz, basado en el artículo 27 de la Carta Magna que establece que "en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los latifundios". Según la quejosa, el segundo párrafo del inciso XV define como "pequeña propiedad la superficie que no exceda por individuo de 150 hectáreas cuando las tierras se dediquen al cultivo".

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